El Consejo de Ministros aprobó el martes 27 de octubre un real decreto que desarrolla la Red Nacional de Vías Pecuarias, la figura que la Ley 3/1995, de 23 de marzo, ya preveía y que seguía pendiente de concreción. Según el resumen oficial del Consejo, el texto, propuesto por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, fija los trazados y tramos de la red, que suma unos 11.393 kilómetros, e incluye las grandes cañadas reales, otros itinerarios tradicionales de la ganadería extensiva y los pasos interfronterizos.

El apartado de la referencia dedicado al decreto no indica su número, su fecha de entrada en vigor, plazos de ejecución ni cifras presupuestarias.

Qué recoge el decreto

El objetivo declarado es garantizar el tránsito del ganado y favorecer la trashumancia, el desplazamiento estacional de los rebaños entre pastos. El Gobierno añade que el texto reconoce el papel de las vías pecuarias en la conectividad ecológica, en la conservación de la biodiversidad y en la protección del patrimonio histórico y cultural del medio rural. La trashumancia fue inscrita en 2023 en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO, un hecho que la referencia recuerda al describir el contexto de la norma.

Entre las medidas que enumera el Ejecutivo figuran estas:

  • Delimitación y defensa. El decreto busca mejorar la delimitación de estos terrenos, que son de dominio público, y su defensa frente a intrusiones y ocupaciones.
  • Información coordinada. Establece mecanismos para actualizar los datos sobre los trazados y coordinarlos con el Catastro y con el Registro de la Propiedad.
  • Información pública. Prevé publicar datos actualizados sobre tramos, cartografía digital, situación administrativa y actuaciones de clasificación, deslinde o modificación. Esa información se integrará en el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y en el Banco de Datos de la Naturaleza.
  • Fondo Documental. Crea el Fondo Documental de Vías Pecuarias, que reunirá documentación histórica, planos, antecedentes y resoluciones administrativas.

Quién hace qué

Una de las cuestiones centrales es el reparto de competencias, porque muchas de estas vías atraviesan varias comunidades autónomas. Según la referencia, la Administración General del Estado se ocupará de la definición, la coordinación y la información de la Red Nacional. Las comunidades autónomas seguirán administrando y gestionando las vías pecuarias de su territorio, incluidas su clasificación, su deslinde y su amojonamiento, es decir, fijar con precisión los límites y colocar los mojones que los señalan.

Para los itinerarios que cruzan varias regiones, el decreto crea un marco común de cooperación, un Programa de Acción de la Red Nacional, que fijará objetivos, prioridades y medidas de conservación y gestión, y un Comité de Vías Pecuarias como órgano de coordinación. La referencia admite además usos compatibles y complementarios, como el ecoturismo, siempre que lo permita la normativa autonómica y no se comprometa la finalidad principal de las vías. El Gobierno señala también que su conservación puede contribuir a prevenir incendios forestales y al desarrollo socioeconómico rural.

Un proyecto con recorrido previo

El decreto aprobado tiene un antecedente público. El Ministerio sometió a información pública un proyecto de real decreto sobre la misma materia entre el 14 de noviembre y el 5 de diciembre de 2024. Según la página de esa consulta, el proyecto describía la red como una forma de asegurar su continuidad «por todo el territorio peninsular» y estaba organizado en seis capítulos, con 19 artículos, tres disposiciones adicionales, tres finales y tres anexos con tablas de trazados. La propia página explica que se volvió a someter a información pública, aunque un proyecto similar ya había pasado por ese trámite, para seguir por completo el procedimiento previsto en las leyes 27/2006 y 50/1997.

Conviene separar ambos documentos: el proyecto de 2024 describe el texto en esa fase y la referencia resume lo aprobado ahora. Este medio no ha podido consultar todavía el texto definitivo, que deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado, de modo que los detalles finales, como los anexos con los trazados concretos, quedan pendientes de esa publicación.

Por qué llega ahora

La espera ha sido larga. Un reportaje de Diario de León publicado el 24 de julio de 2026 recordaba que el desarrollo de la Red Nacional, previsto en la ley de 1995, llevaba más de tres décadas sin aplicarse, y que organizaciones ecologistas, senderistas y deportivas reclamaban su aprobación definitiva al Ministerio. El mismo texto describe una situación desigual sobre el terreno en esa provincia, por la que pasan tres grandes cañadas reales históricas: según el reportaje, muchas no están clasificadas ni deslindadas en numerosos municipios, y hay tramos abandonados u ocupados por cultivos o infraestructuras. Esa descripción corresponde a León y no puede extrapolarse a toda la red.

Lectura: lo que el decreto no resuelve por sí solo

Lo que sigue es una lectura de este medio, no un hecho acreditado. Fijar una red estatal y crear un registro común no equivale a recuperar los tramos ocupados ni a deslindar los que no lo están: esa tarea sigue en manos de cada comunidad autónoma, según el reparto que describe el propio decreto. La utilidad práctica de la norma dependerá, por tanto, de cómo se coordinen el Estado y las regiones a través del Comité y del Programa de Acción, y de que la información que se prevé publicar llegue a quienes la necesitan.

Queda también por ver cuánto tardará el texto en aparecer en el BOE y qué calendario fija para el Programa de Acción. Son datos que ese apartado no recoge.

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Fuentes

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