El Boletín Oficial del Estado publica este 30 de octubre la Orden APA/1145/2026, la norma que regula cómo y cuándo se podrá retirar aceite de oliva del mercado durante la campaña 2026/2027, que va del 1 de octubre de 2026 al 30 de septiembre de 2027. La orden, fechada el 29 de octubre por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, no fija todavía cuánto aceite se retirará: define el criterio para activar la medida, el tope y el calendario. El porcentaje concreto se decidirá, según el propio Ministerio, antes del 15 de noviembre.

Qué establece la orden

La retirada no es automática. El BOE explica que la orden «será de aplicación siempre y cuando se constate» una sobreoferta de aceite en los próximos meses. El criterio de activación del artículo 4 exige que las existencias iniciales de la campaña más las estimaciones de producción alcancen al menos el 120 % del nivel medio de ese mismo sumatorio en las seis campañas anteriores.

Si se cumple, el porcentaje de producto afectado se calculará con una fórmula descrita en el artículo 5: la diferencia entre los recursos estimados de la campaña y el 120 % de la media de los dos valores máximos de comercialización de las seis últimas campañas. Los recursos estimados suman existencias iniciales, producción e importaciones medias de las seis últimas campañas. En todo caso, el porcentaje a retirar no podrá exceder el 20 % de la producción estimada.

La obligación recae en las almazaras productoras. Cada una deberá almacenar la cantidad resultante de aplicar el porcentaje a su producción declarada mensualmente en el sistema de información de los mercados oleícolas (SIMO), en instalaciones propias o ajenas. El titular de la almazara puede elegir la categoría de aceite que retira. El producto debe permanecer almacenado hasta la campaña siguiente y figurar como tal en las declaraciones mensuales.

La orden añade dos piezas de control. Las comunidades autónomas harán los controles oficiales y el Ministerio elaborará con ellas un plan de control. Y el incumplimiento se sancionará con el régimen del artículo 23 de la Ley 30/2022, que recoge las infracciones en materia de comercialización de aceite de oliva y del SIMO.

Los números que maneja el Ministerio

En su nota de prensa, el Ministerio se apoya en los datos de la campaña. Las comunidades autónomas estiman una producción de 1.602.596 toneladas para 2026/2027, un 23 % por encima de la anterior, lo que sería la cuarta campaña de mayor volumen del registro histórico. Las existencias iniciales, según los datos del SIMO publicados el 28 de octubre, son de 357.040 toneladas, un 23,3 % más que en la campaña precedente. El texto atribuye la cosecha abundante a una primavera con temperaturas suaves y lluvias abundantes en las principales zonas olivareras.

La nota no informa de si esas cifras bastan para superar el umbral del 120 %, ni del porcentaje que resultaría. Según el BOE (artículos 5 y 9) y la propia nota, el siguiente paso es una resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, que se publicará en el BOE antes del 15 de noviembre y determinará el porcentaje y la fecha de comienzo de la retirada. Esa resolución podrá modificarse después. El artículo 11 prevé que, a partir del 31 de diciembre de 2026, el Ministerio revise las estimaciones de producción y compruebe el impacto de la medida sobre la demanda y el precio, con posibilidad de ajustar a la baja la cantidad a retirar.

La advertencia de la CNMC

La norma llega tras un informe crítico del regulador de la competencia. El 5 de octubre, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) dio a conocer su informe sobre el proyecto de orden, y concluyó que medidas de este tipo podrían tener efectos negativos sobre la competencia y los consumidores. Según su nota, limitarían la cantidad de producto disponible, afectarían a precios, calidad y variedad, y alterarían el funcionamiento competitivo de la cadena de valor. La CNMC pedía cuantificar los efectos sobre precios, consumo y rentabilidad, con atención a los consumidores de menor renta.

Entre sus recomendaciones figuraban reforzar la justificación con datos de demanda, precisar la metodología del porcentaje para que el límite del 20 % respondiera a la mínima restricción necesaria, limitar la retirada a las categorías en que fuera necesaria, definir el plan de control antes de activar la medida y fijar un proceso de seguimiento para ajustarla o revocarla. Esas recomendaciones se referían al proyecto; las fuentes consultadas no permiten saber cuáles recoge el texto definitivo, aprobado de acuerdo con el Consejo de Estado.

Qué relación tiene con los precios

El debate de fondo es el precio. Como contó TodoWeb, el aceite se paga en origen en torno a tres euros por kilo, mientras que el estudio de costes de AEMO sitúa algunos costes de producción entre 3,08 y 5,31 euros. La orden no menciona los precios en origen: su objetivo declarado es evitar una sobreoferta que pueda desestabilizar el mercado, y el Ministerio evaluará a partir del 31 de diciembre su impacto sobre la demanda y el precio. Una retirada actúa sobre la oferta que sale al mercado; las fuentes publicadas no permiten saber qué efecto tendrá en el precio que paga el consumidor, aunque la CNMC advirtió en octubre de que medidas de este tipo podrían afectar a los precios.

Lectura de TodoWeb

Lo comprobable es el marco: un mecanismo condicionado, con tope y con revisión prevista. Lo que falta es lo decisivo para almazaras y agricultores, que es el porcentaje y la fecha de arranque, y para los consumidores, cuyo coste potencial es justo lo que advirtió la CNMC. Hasta el 15 de noviembre, cualquier cifra sobre cuánto aceite se retirará sería una estimación y no un dato oficial. También queda por ver si la revisión de final de año cambia el cálculo. Más noticias del sector, en Alimentación.

Fuentes

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