El Consejo de Ministros del martes 27 de octubre pidió a la Comisión Permanente del Consejo de Estado un dictamen urgente sobre el proyecto de real decreto que regula los requisitos de sostenibilidad energética y medioambiental, de resiliencia y de soberanía digital de los centros de datos. Según la referencia oficial de La Moncloa, el órgano consultivo debe emitirlo, como máximo, el 5 de noviembre de 2026. Todavía no es una norma en vigor: tras el dictamen, el texto tendría que volver al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.
Lo que sigue explica qué contiene el borrador, que se difundió en agosto, a quién afectaría y qué queda por decidir. La referencia de Moncloa solo recoge el enunciado del asunto; el contenido procede de la nota del Ministerio para la Transición Ecológica y de un análisis jurídico independiente de un despacho de abogados.
Qué exige el borrador
El 27 de agosto, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) presentó el proyecto, que impulsa junto con los ministerios de Economía y de Transformación Digital. Según su nota, los requisitos se aplicarían a las instalaciones de más de 1 megavatio (MW), y los centros de más de 500 kilovatios (de potencia informática, según el análisis de Ashurst) tendrían que remitir al Ministerio datos de eficiencia y sostenibilidad, que se publicarían cada año.
Las condiciones se agrupan en tres bloques:
- Eficiencia energética e hídrica. Se exigiría la categoría A del etiquetado europeo en los indicadores de uso de energía (PUE) y de agua (WUE) cuando entre en vigor ese etiquetado, prevista para agosto de 2027. Hasta entonces regirían niveles equivalentes. El análisis de Ashurst, publicado el 1 de septiembre, concreta esos niveles transitorios en un PUE de 1,15 o menos y un WUE de 0,1 o menos.
- Energía renovable. El MITECO describe un consumo mínimo del 80 % de energía renovable mientras la renovable no supere el 90 % del mix eléctrico. Cada nuevo megavatio consumido debería acompañarse de un nuevo megavatio renovable instalado en los 18 meses anteriores a la entrada en funcionamiento, mediante autoconsumo o contratos de compra de electricidad a plazo. Además, al menos el 80 % de la electricidad consumida en cada hora tendría que ser renovable generada en esa misma hora.
- Soberanía digital y resiliencia. La operación estaría a cargo de una entidad establecida en la Unión Europea, los datos, metadatos y registros tratados deberían permanecer en territorio comunitario y habría que controlar de forma efectiva los accesos de autoridades de terceros países.
La sanción es no poder conectarse
La herramienta de control es el acceso a la red eléctrica. Los proyectos tendrían que acreditar el cumplimiento para obtener los derechos de acceso y conexión, y el MITECO señala que los incumplimientos conllevarían penalizaciones crecientes en cargos y peajes y, en última instancia, la pérdida de esos derechos. La verificación de la soberanía digital correspondería al Ministerio de Transformación Digital.
Ashurst añade detalles técnicos del texto: el promotor presentaría una declaración responsable al solicitar el acceso y otra antes de poner el centro en explotación, y el gestor de red no podría firmar el contrato de acceso hasta acreditar esta segunda. Quedarían excluidos los centros destinados exclusivamente a defensa, protección civil y seguridad pública. Según ese análisis, las exigencias de soberanía digital no serían aplicables hasta que entrase en vigor una orden ministerial que las desarrolle.
A quién alcanzaría
El régimen de acceso a la red se dirige sobre todo a los centros que aún no están conectados. Ashurst señala que los ya conectados no quedarían sujetos a esos requisitos, pero sí a las obligaciones de información si su potencia de tecnologías de la información llega a 500 kW; esa comunicación se haría antes del 15 de mayo de cada año.
Para los proyectos en trámite habría un periodo de adaptación. El MITECO habla de seis meses para adaptarse y acreditar el cumplimiento, y de tres si el proyecto espera un concurso de acceso a la red; también se podría renunciar a los derechos sin que se ejecuten las garantías. El análisis jurídico distingue por tipo de solicitud: tres meses para las pendientes y seis para los permisos ya concedidos sin conexión, con caducidad y ejecución de garantías si no se acredita. Los detalles finales dependerán del texto que apruebe el Gobierno.
El motivo y el contexto
El Ministerio vincula el decreto a un mandato del Real Decreto-ley 7/2026, que exige acompasar el despliegue de centros de datos con nueva generación renovable proporcional. Advierte de dos riesgos si las renovables no crecen al mismo ritmo: un mayor uso de gas natural para generar electricidad, con el consiguiente encarecimiento para los consumidores, y una menor electrificación.
La nota ofrece dos cifras de contexto: la Estrategia de Inteligencia Artificial estima unos 2,5 gigavatios de computación en 2030, que requerirían entre 3,5 y 4 GW de demanda eléctrica, y desde 2021 se han otorgado ya más de 12 GW de derechos de acceso y conexión. Sobre la tecnología que alimenta esa demanda, TodoWeb ha explicado qué propone Nvidia con sus centros de datos modulares.
Lectura de TodoWeb
Esta lectura es nuestra y no un dato de las fuentes. El borrador desplaza la discusión de cuánta electricidad consumen los centros de datos a en qué condiciones se les permite conectarse, y lo hace con la red como palanca. Eso explica que el trámite urgente interese tanto a promotores con permisos pendientes como a quienes defienden el crecimiento renovable. Lo que no se sabe todavía es qué cambios introducirá el Consejo de Estado, cuántos proyectos optarán por adaptarse o renunciar, ni cuándo se aprobaría el decreto; las fuentes consultadas no fijan una fecha de aprobación.
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Fuentes
- Referencia del Consejo de Ministros de 27 de octubre de 2026 — La Moncloa, 27 de octubre de 2026
- El Gobierno plantea impulsar los centros de datos sostenibles, eficientes y soberanos — Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, 27 de agosto de 2026
- Centros de datos: el proyecto normativo que redefine las reglas de acceso a la red y consumo en España — Ashurst, 1 de septiembre de 2026
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